jueves, 8 de marzo de 2012

Si hacen paro, los mando a trabajar más ● Orlando Solaro


sta parece ser la lógica democrática del  Ministro  de Educación de la Provincia de Río Negro, al estilo del principio “menemiano” ramal que para, se cierra,  porque mientras la inmensa mayoría de la docencia argentina y particularmente los  rionegrinos rechazábamos la falta de  definición en la paritaria nacional, con un paro que superó ampliamente el 90% de acatamiento, el Prof. Marcelo Mango trabajaba para aleccionar a los trabajadores de la educación.
Ese día, jornada de paro nacional definido por CTERA,  Organización Gremial a la que el Sr. Mango  pertenece por mantener la afiliación a Un.T.E.R. y por la que fue paritario nacional en defensa de nosotros, los trabajadores de la educación, precisamente ese día, el 06 de marzo pasado firmaba provocativamente solo, en su carácter de Presidente del Consejo Provincial de Educación la Resolución Nº 490.
Esta resolución que acaba de firmar  el Ministro en su Art. 1º “Determina que en los establecimientos de Nivel Primario, cada turno escolar (Mañana –Tarde), tendrán una carga horaria de cuatro (4) horas (15) quince minutos reloj diarias de actividad específica frente a alumnos…”.
En ningún momento dicha resolución menciona a qué  establecimientos de Nivel Primario se refiere, solo menciona los turnos. ¿Serán las escuelas primarias comunes, o las escuelas primarias especiales?. O ¿Será  que también modifica la carga horaria de las escuelas de “jornada extendida” y las de “una hora más” que también pertenecen al Nivel Primario?
Al no determinar a qué establecimientos de Nivel Primario se refiere es más clara la intención aleccionadora hacia la gran cantidad de docentes que desde el año pasado están desarrollando su tarea diaria por lo que se le paga: cuatro (4) horas reloj.
En el segundo considerando la mencionada resolución dice: “Que la Resolución 90/87 – Reglamento de Nivel Primario- no innovó en relación a la duración horaria del  turno escolar….”, haciendo clara referencia a la Resolución 44/83 que firmaba en ese entonces el Interventor en el Consejo Provincial de Educación por la dictadura militar. Esa Resolución fue derogada por la que hoy está en vigencia después de un gran trabajo participativo de la docencia Rionegrina a través de la Un.T.E.R., como es  la 90/87 que sólo define como jornada laboral “un turno escolar” sin especificar carga en horas reloj, como así tampoco lo establece el Decreto Salarial 1095/92.
Pero en todo esto hay algo muy llamativo que el Sr. Ministro no ha tenido en cuenta y es el dictamen Nº 166/08 de la Dirección de Asuntos Legales del Consejo Provincial de Educación referido a la “carga horaria maestro de ciclo” en el que luego de argumentar concluye expresando “Por todo lo expuesto se entiende que los docentes que se desempeñan como Maestro de Ciclo de Jornada Simple deben cumplir un turno escolar, es decir, 20 hs semanales,…”
Por otra parte el Prof. Marcelo Mango en su defensa mediática que hace sobre las expresiones de la Sra. Presidenta cuando se refiere a que los “docentes trabajan cuatro horas y tienen tres meses de vacaciones” poniéndose en el lugar de intérprete de los dichos de la Sra. Cristina Fernández manifiesta que “cuando la presidenta habla de la jornada lo hace en relación al salario de los docentes y lo que enumera es que para el cargo testigo el salario inicial,….es un cargo de cuatro horas de jornada de trabajo y por ese cargo de jornada simple…”
Es decir que el mismo día en que por los medios decía que la jornada laboral del cargo testigo (maestro de grado) es de cuatro horas, firmaba la Resolución 490 por la que  agrega quince (15) minutos diarios al mismo cargo.-
Esta definición personalista del Prof. Marcelo Mango modifica condiciones laborales, que deberían ser abordadas en el ámbito paritario y no quedar atadas a los caprichos de un funcionario, o proponer su tratamiento en la Sesión del Cuerpo Colegiado, donde el Vocal Docente pueda expresar sus fundamentos en representación de todos los docentes.-
Quien cobra 10000 dólares mensuales no tiene vergüenza en romper principios elementales de respeto a la organización gremial, a los ámbitos paritarios, además de no pensar en el elemental principio de aumentar la carga laboral de trabajo, sin aumentar el salario. No sólo se basa en principios de la dictadura militar que fueron derogados en Democracia, disfraza además que si una norma se anula, se anula su contenido, utilizando argumentos falsos para hacer los deberes a su patrón que le paga el mejor salario docente del País.
                                                                                 Viedma, 08/03/12
Orlando Martín Solaro
Vocal Gremial Docente-CPE